Por qué importa
El Decreto 464 del Ministerio de Agricultura define las zonificaciones vitivinícolas de Chile (Atacama, Coquimbo, Aconcagua, Valle Central, Sur, Austral) y la regla 75/75/75: al menos 75% del vino debe ser del valle, del cepaje y de la añada declarados. Cepaos calcula los porcentajes a partir del libro de bodega y bloquea reclamos que no cumplen.
Requisitos previos
- Cuarteles tageados con valle y sub-valle del Decreto 464.
- Vendimias trazadas hasta el cuartel.
- Movimientos de fermentación, asamblaje y embotellado completos.
1. Abre el panel DO
En el sidebar, ve a Compliance > DO. Cada SKU muestra su reclamo (valle + sub-valle + cepaje + añada) y el porcentaje calculado.
2. Verifica 75/75/75
Cepaos calcula tres porcentajes:
| Indicador | Mínimo |
|---|---|
| Valle declarado | 75% |
| Cepaje declarado | 75% |
| Añada declarada | 75% |
Bajo el umbral, el reclamo se marca en rojo.
3. Sub-valles (mención adicional)
Si reclamas un sub-valle (Alto Maipo, Apalta), el porcentaje sube a 85% del sub-valle. La regla se aplica además del valle padre.
4. Bloquea el reclamo
Cuando el ensamblaje queda final, haz clic en Bloquear reclamo DO. La trazabilidad queda congelada para auditoría.
Preguntas frecuentes
¿Puedo declarar "Costa", "Andes" o "Entre Cordilleras"?
Sí. Son menciones complementarias que también requieren al menos 85% de origen acreditado, calculado por Cepaos.
¿Las menciones "Reserva", "Gran Reserva" implican límites de rendimiento?
Sí, con grados alcohólicos mínimos definidos en el Decreto 464. Cepaos valida la analítica del laboratorio antes de permitir la mención.