Por qué importa
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) regula la elaboración, almacenamiento y distribución de bebidas alcohólicas en México. El aviso de funcionamiento es el primer trámite sanitario; la NOM-199-SCFI-2017 define el etiquetado obligatorio (denominación, contenido alcohólico, leyendas precautorias, lote, fecha). Cepaos maneja ambos en paralelo.
Requisitos previos
- Inscripción SADER vigente (ver artículo correlato).
- Plano del establecimiento con áreas funcionales.
- Programa de buenas prácticas de elaboración.
1. Capture el aviso de funcionamiento
En Compliance > COFEPRIS > Aviso de funcionamiento, complete los datos de la planta, responsable sanitario y procesos. Cepaos genera el formato AF-1 listo para presentación.
2. Diseñe etiqueta conforme NOM-199
En Comercial > Etiquetas > Validador NOM-199, cargue el arte de su etiqueta. Cepaos verifica que contenga:
| Requisito NOM-199 | Detalle |
|---|---|
| Denominación genérica | "Vino tinto", "Vino blanco", "Vino espumoso" |
| Marca comercial | Registrada ante el IMPI |
| Contenido neto | En sistema métrico |
| Por ciento alcohol en volumen | %Alc.Vol. con tolerancia ±0.5 |
| Identificación del lote | Trazable al libro de bodega |
| Leyendas precautorias | "El abuso en el consumo de este producto es nocivo para la salud", "Prohibida su venta a menores de edad" |
| País de origen | "Producto de México" o el que corresponda |
| Importador / fabricante | Razón social y domicilio |
3. Valide el contenido alcohólico
El sistema cruza la analítica de laboratorio con el % declarado y advierte si la diferencia excede la tolerancia oficial.
4. Genere el expediente
Haga clic en Generar expediente COFEPRIS para preparar el paquete combinado (aviso de funcionamiento + arte de etiqueta + analíticas) listo para el portal.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si renuevo el responsable sanitario?
Se actualiza el aviso de funcionamiento en 30 días naturales. Cepaos prepara la modificación.
¿La NOM-199 aplica a vinos de importación?
Sí, con responsabilidad del importador. El expediente cubre tanto producción nacional como reetiquetado de importación.