Biblioteca del winemaker · Argentina

Datos regulatorios del vino en Argentina

Los datos regulatorios que una bodega argentina necesita tener a mano, cada uno con la norma que lo establece, el enlace a la fuente oficial (InfoLEG, Boletín Oficial, ARCA, INV) y la fecha en que lo verificamos.

Última verificación: 28 de septiembre de 2026 · 10 datos verificados · 0 pendientes de verificación

Qué vence este mes y próximos plazos

  • DJ Mensual de Despacho para Consumo Interno

    Res. INV 37/2025 (Digesto Normativo), Anexo I, art. 21

    Este mes15 de octubre de 2026en 9 d
  • Factura electrónica — monotributo social y promovido

    RG ARCA 5893/2026, arts. 2 (sustituye el art. 6 de la RG 4290), 3 y 5

    1 de noviembre de 2026en 26 d

Impuestos

  • IVA — alícuota general

    21 %

    La alícuota del Impuesto al Valor Agregado es del 21 %.

    Norma
    Ley de IVA (t.o. 1997), art. 28
    Organismo
    ARCA (ex AFIP)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Ver fuente oficial
  • Impuestos internos — el vino está excluido

    El impuesto interno a las bebidas alcohólicas alcanza a las bebidas de 10° GL o más «excluidos los vinos»; el de bebidas de menos de 10° GL excluye también a los vinos.

    Norma
    Ley 24.674 de Impuestos Internos, arts. 23 y 26
    Organismo
    ARCA (ex AFIP)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Ver fuente oficial

Facturación

  • Factura a consumidor final — identificación obligatoria

    $ 10.000.000

    Si el importe de la operación a consumidor final es igual o superior a $ 10.000.000, el comprobante debe consignar DNI, CUIL o CDI (o documento/pasaporte si es extranjero).

    Publicada en el Boletín Oficial el 29/06/2026.

    Norma
    RG ARCA 5866/2026, art. 1 inc. f) (sustituye el inc. d, Título II, Apartado A, Anexo II de la RG 1415)
    Organismo
    ARCA (ex AFIP)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Vigente desde
    1 de julio de 2026
    Ver fuente oficial
  • Factura electrónica — monotributo social y promovido

    Desde el 1 de noviembre de 2026

    Desde el 1 de noviembre de 2026 los monotributistas sociales y promovidos quedan obligados a emitir comprobantes electrónicos originales (o usar controlador fiscal) en lugar de talonarios.

    Publicada en el Boletín Oficial el 31/08/2026. Si no tienen punto de venta habilitado, ARCA lo da de alta de oficio en «Comprobantes en línea» (art. 3).

    Norma
    RG ARCA 5893/2026, arts. 2 (sustituye el art. 6 de la RG 4290), 3 y 5
    Organismo
    ARCA (ex AFIP)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Vigente desde
    1 de noviembre de 2026
    Ver fuente oficial
  • Factura electrónica — sujetos no alcanzados por IVA

    Desde el 1 de marzo de 2027

    Para los sujetos no alcanzados por el IVA, la obligación de emitir comprobantes electrónicos originales comienza el 1 de marzo de 2027 (no pueden usar controlador fiscal).

    Norma
    RG ARCA 5893/2026, arts. 2 y 5
    Organismo
    ARCA (ex AFIP)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Ver fuente oficial

Declaraciones y plazos

  • DJ Mensual de Despacho para Consumo Interno

    Día 15 de cada mes

    Bodegas, fábricas y plantas de fraccionamiento inscriptas en el INV declaran los volúmenes egresados al mercado interno hasta el día 15 del mes siguiente.

    Norma
    Res. INV 37/2025 (Digesto Normativo), Anexo I, art. 21
    Organismo
    Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Vigente desde
    1 de enero de 2026
    Ver fuente oficial
  • DJ de Certificación de Cosecha

    1 de junio de cada año

    Los productores que opten por la Declaración Jurada de Certificación de Cosecha pueden presentarla hasta el 1 de junio de cada año.

    Es optativa: la presenta quien quiera certificar añada, origen o varietal (arts. 41 y 42).

    Norma
    Res. INV 37/2025 (Digesto Normativo), Anexo I, art. 41
    Organismo
    Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Vigente desde
    1 de enero de 2026
    Ver fuente oficial
  • DJ Anual de Elaboración (CEC-05)

    42 días después del último ingreso de uva

    El último parte CEC-01 y la Declaración Jurada Anual de Elaboración (formulario CEC-05) se presentan en el término de seis semanas posteriores al último ingreso de uva. Vigente por cautelar del Juzgado Federal N.° 2 de Mendoza (expte. 36008/2025); en mayo de 2026 el juzgado ordenó al INV restablecer CIU y CEC-05; sin sentencia definitiva.

    El plazo se leyó en el Boletín Oficial (Res. INV 50/2024, art. 3). La vigencia depende de la cautelar: no hay resolución judicial en fuente oficial, el estado sale de la prensa (Los Andes, 23/12/2025 y 28/05/2026).

    Vigencia por medida cautelar — sin sentencia definitiva

    Fuente periodística: Los Andes, 23 de diciembre de 2025 · Los Andes, 28 de mayo de 2026

    Norma
    Res. INV 35/2020, art. 7, modificado por la Res. INV 50/2024, art. 3 (derogadas por el Anexo II de la Res. INV 37/2025; derogación suspendida por cautelar judicial)
    Organismo
    Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Ver fuente oficial
  • Sin controles de inventario ni certificado de tránsito

    El INV no realiza controles de inventario ni requiere documentación para el transporte de productos vitivinícolas; queda sin efecto el Certificado de Tránsito.

    Sin perjuicio de las normas generales de transporte y comercio de otras autoridades.

    Norma
    Res. INV 37/2025 (Digesto Normativo), Anexo I, art. 49
    Organismo
    Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Vigente desde
    1 de enero de 2026
    Ver fuente oficial

Organismos

  • Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)

    La Ley General de Vinos somete la producción, la industria y el comercio vitivinícola a sus disposiciones y crea el Instituto Nacional de Vitivinicultura.

    Norma
    Ley 14.878, arts. 1 y 2
    Organismo
    Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
    Verificado
    28 de septiembre de 2026
    Ver fuente oficial

Historial de cambios

Cuando un dato cambia en la fuente oficial lo registramos acá: valor anterior y nuevo, norma, fecha y fuente.

Sin cambios desde el 1 de octubre de 2026, cuando empezamos a registrar el historial.

Los cambios del mes, en su email

Si un dato de esta biblioteca cambia en la fuente oficial, el día 1 del mes siguiente le enviamos un resumen con lo que cambió y su fuente. Llega con el newsletter de Cepaos: se confirma desde el email y se da de baja con un clic.

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Cobertura

Publicamos sólo lo que pudimos leer en la fuente oficial primaria. Lo que todavía no confirmamos queda acá, sin cifra, hasta verificarlo.

  • 2

    Impuestos

  • 3

    Facturación

  • 4

    Declaraciones y plazos

  • 1

    Organismos

Cobertura regulatoria

Qué cubre Cepaos en Argentina

Cada declaración con su nivel de integración real, el plazo y la norma con su fuente oficial.

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