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Elaboración de vino orgánico en Argentina: requisitos INV y certificación paso a paso

Guía completa sobre los requisitos del INV y SENASA para elaborar y certificar vino orgánico en Argentina. Protocolos, insumos permitidos y registro obligatorio.

El vino orgánico dejó de ser un nicho para convertirse en una categoría con demanda real, tanto en el mercado interno como en exportación. Pero producir vino orgánico en Argentina no es simplemente dejar de usar agroquímicos en el viñedo: implica un marco regulatorio específico que involucra al INV, a SENASA y a certificadoras acreditadas.

Si estás evaluando la conversión o ya estás en proceso, esta guía cubre los requisitos actuales sin atajos.


Marco regulatorio: quién controla qué

En Argentina, la producción orgánica está regulada por la Ley 25.127 y su decreto reglamentario. Pero para vino orgánico, la supervisión se divide entre dos organismos:

  • SENASA regula la producción primaria orgánica (viñedos) a través de la Dirección de Calidad Agroalimentaria. Establece qué insumos están permitidos, los períodos de transición y los requisitos de certificación.
  • INV (Instituto Nacional de Vitivinicultura) regula la elaboración, fraccionamiento y comercialización del vino. Para que un vino pueda etiquetarse como "orgánico", el establecimiento elaborador debe estar registrado ante el INV con esa categoría.

Esto significa que necesitás cumplir con ambos organismos simultáneamente. Una bodega que usa uva certificada orgánica pero no tiene el registro correspondiente ante el INV no puede comercializar el producto como orgánico.


Requisitos para el viñedo (SENASA)

Período de transición

La conversión de un viñedo convencional a orgánico requiere un período mínimo de 3 años sin aplicación de productos no permitidos. Durante este período, la uva no puede comercializarse como orgánica, aunque sí como "en transición".

Insumos permitidos

SENASA mantiene un listado de insumos permitidos para producción orgánica que se actualiza periódicamente. En líneas generales:

  • Permitidos: azufre, cobre (sulfato de cobre, caldo bordelés con límites), extractos vegetales, preparados biodinámicos, compost certificado.
  • Prohibidos: herbicidas sintéticos, fungicidas sistémicos, insecticidas organofosforados, fertilizantes nitrogenados de síntesis.

El registro de cada aplicación fitosanitaria es obligatorio. No alcanza con no usar productos prohibidos: tenés que poder demostrar qué usaste, cuándo y en qué dosis.

Certificadora acreditada

La certificación orgánica la emite una certificadora acreditada por SENASA (OIA, Argencert, Food Safety, Letis, entre otras). La certificadora realiza auditorías anuales del viñedo y la bodega, y emite el certificado que habilita el uso de la denominación.


Requisitos para la bodega (INV)

Registro como elaborador orgánico

El establecimiento elaborador debe solicitar ante el INV la inscripción como elaborador de productos orgánicos. Esto implica:

  1. Presentar el certificado orgánico vigente emitido por la certificadora acreditada por SENASA.
  2. Declarar las líneas de producto orgánico que se van a elaborar.
  3. Mantener una separación identificable entre la producción orgánica y la convencional si se elaboran ambas en el mismo establecimiento.

Separación de líneas

Si la bodega elabora vinos convencionales y orgánicos, el INV exige:

  • Identificación clara de vasijas y recipientes destinados a producto orgánico.
  • Registro separado de movimientos en la declaración jurada mensual.
  • Trazabilidad completa desde el ingreso de la uva orgánica hasta el fraccionamiento.

Esto es donde muchas bodegas encuentran el mayor desafío operativo. Sin un sistema que permita rastrear los lotes por separado, la documentación se vuelve una pesadilla al momento de presentar declaraciones ante el INV.

Insumos enológicos

El INV sigue las directrices de la OIV y la normativa nacional para insumos enológicos en vinos orgánicos. Los principales puntos:

  • SO₂ (anhídrido sulfuroso): permitido con límites inferiores a los del vino convencional. Para vinos tintos orgánicos, el máximo es de 100 mg/L de SO₂ total (vs. 150-200 mg/L en convencional, según el tipo).
  • Levaduras: se permiten levaduras seleccionadas, siempre que no sean OGM (organismos genéticamente modificados).
  • Clarificantes: bentonita, caseinato, albúmina de huevo, carbón vegetal están permitidos. No se permiten PVPP ni otros clarificantes sintéticos.
  • Acidificación/desacidificación: ácido tartárico y carbonato de calcio están permitidos; ácido ascórbico no.

Etiquetado: qué podés poner en la etiqueta

El INV tiene reglas específicas sobre la mención "orgánico" o "ecológico" en la etiqueta:

  • "Vino orgánico" o "Vino ecológico": solo si tanto la uva como la elaboración cumplen con la normativa orgánica y el certificado está vigente.
  • "Elaborado con uvas orgánicas": si la uva es certificada orgánica pero la elaboración no cumple todos los requisitos del protocolo orgánico en bodega.
  • El número de certificado y la certificadora deben figurar en la etiqueta.
  • El sello orgánico nacional (triángulo verde) es obligatorio.

Usar la palabra "orgánico" o "ecológico" sin la certificación correspondiente es una infracción que puede derivar en multas y decomiso del producto.


Costos de certificación

La certificación orgánica tiene un costo que varía según la certificadora y la superficie del viñedo:

ConceptoRango aproximado (2026)
Auditoría anual de viñedoAR$ 800.000 - 2.500.000
Auditoría anual de bodegaAR$ 600.000 - 1.500.000
Certificado por loteAR$ 150.000 - 400.000
Análisis de laboratorio adicionalesAR$ 200.000 - 600.000

Estos costos son orientativos y dependen de la ubicación, la superficie y la certificadora. Pero es importante considerarlos como parte del costo de producción, no como un gasto extra opcional.


Exportación de vino orgánico

Para exportar vino orgánico, además de los requisitos locales necesitás:

  • Unión Europea: certificación según el Reglamento (UE) 2018/848. Argentina tiene un acuerdo de equivalencia con la UE, por lo que la certificación argentina es reconocida, pero se requiere un Transaction Certificate para cada despacho.
  • Estados Unidos: certificación NOP (National Organic Program) a través de una certificadora acreditada por USDA. No hay equivalencia automática con la certificación argentina.
  • Canadá: reconoce la certificación orgánica argentina bajo el acuerdo bilateral COR (Canada Organic Regime).

La trazabilidad del lote desde el viñedo hasta el despacho de exportación es un requisito no negociable. Cualquier quiebre en la cadena de custodia invalida la certificación del lote.


Cómo Cepaos simplifica la gestión orgánica

Gestionar la trazabilidad orgánica con planillas y registros manuales es una receta para problemas en auditorías. Cepaos permite:

  • Registrar lotes orgánicos y convencionales por separado, con identificación de vasijas y movimientos diferenciados.
  • Generar la documentación para la declaración jurada mensual del INV con los lotes orgánicos separados.
  • Mantener el historial de insumos enológicos por lote, facilitando la auditoría de la certificadora.
  • Alertar cuando un insumo no permitido se registra en un lote marcado como orgánico.

No es magia: es estructura de datos aplicada a un problema de trazabilidad que todas las bodegas orgánicas tienen.

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