IVA — tipo general
21 %
El IVA se exige al tipo general del 21 %, que es el que corresponde al vino y a toda bebida alcohólica.
El IVA no se aplica en Canarias, Ceuta ni Melilla (art. 3.Dos.1.º de la misma ley): allí rigen el IGIC y el IPSI.
- Norma
- Ley 37/1992 del IVA, art. 90.Uno
- Organismo
- Agencia Tributaria (AEAT)
- Verificado
- 28 de septiembre de 2026
- Vigente desde
- 1 de septiembre de 2012